Vivienda

El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece el derecho humano a la vivienda digna, cuyo cumplimiento ocurre cuando el Estado Mexicano posibilita su obtención a través de créditos accesibles con intereses moderados, a través de diversas instituciones, ya sea de gobierno o privadas.

De conformidad con las fracciones III, IV y V de la Ley que lo crea, el ISSSTEESIN tiene la obligación de otorgar las prestaciones relativas a:
1) Servicios que eleven los niveles de vida de los beneficiarios de los trabajadores de la educación, activos y jubilados, al servicio del Gobierno del Estado.
2) Créditos para la adquisición de casas, o terrenos para su construcción, destinados a la
habitación familiar del trabajador.
3) Préstamos hipotecarios, por lo que el Reglamento que se propone también le permite al ISSSTEESIN prestar los servicios que por Ley se le encomiendan.
Consulte el Reglamento de Vivienda aquí.

¿CÓMO ACCEDER A UN CRÉDITO DE VIVIENDA?

DESCARGUE AQUÍ LA SOLICITUD PDF RELLENABLE

Imprima la misma, llene los campos con los datos solicitados y firme el documento. Escanee esta, así como la INE y último talón de cheque y envíelos al correo:

 vivienda@isssteesin.gob.mx 

También podrá obtener o entregar el formato en:
• Oficinas Generales de ISSSTEESIN
• Mueblerías de ISSSTEESIN

En un siguiente paso, después de recibir el acuse de recepción de solicitud, se habrá de evaluar su liquidez, si es positiva tendrá que presentar los siguientes: