Anuncian ISSSTEESIN y SNTE 53 Primera Etapa de Pago del 5% del Fondo de Vivienda a beneficiarios de trabajadores de la educación fallecidos.

*Con una inversión inicial de 15 millones de pesos, se dará continuidad a esta política social, que ha beneficiado a más de 7,285 trabajadores de la educación.

Culiacán, Sin., a 27 de junio de 2025.-  El magisterio estatal continúa firme, gracias a la política social  humanista y transparente implementada por el Gobernador del estado, Dr. Rubén Rocha Moya, al destinar 15 millones de pesos  para dar inicio con una nueva etapa que amplía el alcance de la  Devolución del 5% del Fondo de Vivienda a beneficiarios de trabajadores de la educación que fallecieron sin recibir esta prestación.

En reunión del Director del ISSSTEESIN, Lic. Everardo Gaxiola Gaxiola y el Secretario General de la Sección 53 del SNTE, Prof. Ricardo Madrid Uriarte, de manera conjunta anunciaron el arranque de la Primera Etapa de la Devolución del 5% del fondo de vivienda a las y los beneficiarios de trabajadores fallecidos, en estricto apego a las reglas de operación aprobadas por la Junta Directiva del Instituto, con un orden de prelación humanista y transparente.

Esta Primera Etapa está dirigida a quienes sean beneficiarios de un trabajador jubilado o pensionado del ISSSTEESIN, nacido en 1955 o antes, y que haya fallecido sin haber recibido el 5% correspondiente a sus aportaciones patronales sobre sueldo base. Asimismo, esta etapa contempla a los trabajadores que, al momento de su fallecimiento, contaban con una demanda contra el Instituto por este concepto, con laudo firme o sentencia condenatoria.

Los beneficiarios deberán contar con pensión por viudez, ascendencia u orfandad vigente en el Instituto y estar debidamente acreditados por el Tribunal Local de Conciliación y Arbitraje.

¿Cómo obtener la acreditación?

La solicitud debe presentarse mediante oficio ante el Tribunal Local de Conciliación y Arbitraje, acompañada del expediente que incluye:

Cuando el promovente es esposa o esposo:

  1. Acta de defunción del trabajador
  2. Acta de nacimiento del trabajador
  3. Acta de nacimiento del promovente
  4. Acta de matrimonio o expediente de juicio de concubinato
  5. Comprobante de domicilio
  6. Ultimo talón de pago del trabajador como jubilado
  7. Constancia de trabajo (hoja de servicio, hoja de baja, constancia de sueldo)
  8. Copias de la credencial de elector del trabajador y el promovente

Cuando el promovente es hija o hijo

  1. Acta de defunción del trabajador y de su cónyuge
  2. Acta de nacimiento del trabajador
  3. Acta de nacimiento del promovente y de los hijos menores de edad (de ser el caso)
  4. Comprobante de domicilio
  5. Ultimo talón de pago del trabajador como jubilado
  6. Constancia de trabajo (hoja de servicio, hoja de baja, constancia de sueldo)
  7. Copias de la credencial de elector del trabajador y el promovente

Cuando el promovente es madre o padre:

  1. Acta de defunción del trabajador
  2. Acta de nacimiento del trabajador
  3. Acta de nacimiento del promovente
  4. Acta de matrimonio de los padres del trabajador
  5. Constancia de inexistencia de matrimonio del trabajador
  6. Comprobante de domicilio
  7. Ultimo talón de pago del trabajador como jubilado
  8. Constancia de trabajo (hoja de servicio, hoja de baja, constancia de sueldo)
  9. Copias de la credencial de elector del trabajador y el promovente

Firma de convenio con el ISSSTEESIN

Para llevar a cabo la firma de convenio para recibir la transferencia bancaria de las aportaciones que hizo el Poder Ejecutivo al Instituto, con base en lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 29 de la Ley, el beneficiario deberá presentar ante el ISSSTEESIN:

  • Resolución del Tribunal que lo acredite como beneficiario
  • Copia de identificación oficial vigente
  • Copia de carátula bancaria (con cuenta activa a su nombre)

El Departamento Jurídico del ISSSTEESIN y del SNTE 53 brindarán asesoría personalizada a los posibles beneficiarios para facilitar el trámite y resolver dudas.

Con esta nueva etapa, el Instituto ratifica su compromiso con los trabajadores jubilados, pensionados y sus familias, garantizando el cumplimiento de sus derechos de forma ordenada, transparente y con el respaldo firme del Gobierno del estado.